Matsa pide 1,3 hm3 de aguas públicas/año para uso industrial minero y de abastecimiento en sus instalaciones

La mayor parte de los recursos los extraerá de las presas de Olivargas y Cueva de la Mora

La compañía Minas de Aguas Teñidas (Matsa) ha solicitado a la consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía la concesión de 1,3 hm3 de aguas superficiales anualmente desde, principalmente, las presas de Olivargas y Cueva de la Mora, ambas sitas en el término municipal de Almonaster la Real (Huelva), para uso industrial minero y de abastecimiento en sus instalaciones.

La cifra global solicitada es de 1.396.317 m3 (1,39 hm3) anualmente. Las fuentes de captación del agua serían las siguientes:

-Embalse de Olivargas: 690.970 m3 de aguas industriales más 56.940 m3 de agua potable.

-Embalse de Cueva de la Mora: 85.177 m3 de agua industrial.

-Achique de mina: 189.216 m3 de agua industrial.

-Aguas pluviales: 374.014 m3 de agua industrial.

La Consejería ha abierto un plazo de veinte días, a contar a partir del 3 de julio (2024) inclusive, para la presentación de alegaciones.

Complejo minero de Matsa en Almonaster la Real (Huelva)

Durante el período de información pública la documentación estará disponible para su consulta en la página web de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, a través de la url: Todos los documentos sometidos a información pública –Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural– Junta de Andalucía (juntadeandalucia.es) , así como en las dependencias administrativas sitas en C/ Emires, 2, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes salvo días festivos.

Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este acuerdo, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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